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10.09.19

¿Para qué una nueva Constitución, para violarla?

(Cubaencuentro) La doctora Aurora Fernández González, «asesora» del Ministro de Educación Superior, establece como uno de los requisitos para estudiar un posgrado… «y tenga cualidades demostradas político-ideológicas, puede comenzar una maestría o un doctorado en los temas que vayan a impactar en el desarrollo»
Por Marlene Azor Hernández

(Cubaencuentro) Los comisarios/as violan la Constitución con total impunidad. En la Carta Magna no aparece ninguna condición para estudiar o tener empleo, ni la sujeción al estado de la gestión privada y cooperativa de los ciudadanos. Tampoco exige la ley suprema aprobada en febrero de 2019, la filiación “política e ideológica” para estudiar, tener empleo, ser cuentapropistas o formar una cooperativa, o ejercer la creación intelectual y cultural libre y al margen del Estado.

La dictadura estalinista produce una legislación secundaria desde hace más de dos años, contraria a los derechos constitucionales con total impunidad. ¿Para qué se impuso una nueva constitución estalinista[2], para violarla?

La doctora Aurora Fernández González, “asesora” del Ministro de Educación Superior, establece como uno de los requisitos para estudiar un posgrado… “y tenga cualidades demostradas político-ideológicas, puede comenzar una maestría o un doctorado en los temas que vayan a impactar en el desarrollo”[3] Esta comisaria viola así, los derechos constitucionales de igualdad ciudadana frente a la ley: De los Fundamentos políticos de la Constitución de la República, los artículos 1, 3, 7, 9, 10, y el articulo13 en sus incisos d y f.

De las Disposiciones generales de derechos, deberes y garantías constitucionales viola los artículos 40, 41, 42, 43,44 y 45. De los derechos, los artículos 46, 47, 48, 54, 55, 56, 61, 64,73. De los deberes el artículo 90. De las garantías constitucionales, el artículo 94 con todos sus incisos, el artículo 98 y 99.

Los comisarios culturales y políticos intentan explicar en Cubadebate el decreto-ley 373, contra la independencia de la creación audiovisual individual y colectiva y el registro de creadores, escamoteando lo que dice en español el decreto[4]. Este es otro intento de los comisarios de “penalizar a los cubanos que no sabemos interpretar el español” según el comisario cultural Fernando Rojas y sus voceros culturales.

El presidente del ICAIC, Ramón Samada Suárez con un lenguaje cantinflesco no logra explicar por qué los colectivos de creadores no pueden tener personalidad jurídica. Esto es decir, todos los derechos de asociación, importación, exportación, producción y distribución, sin interferencias y control del Estado: “los colectivos de Creación Audiovisual y Cinematográfica, un paso que apunta hacia las productoras independientes, con identidad propia, sin personalidad jurídica, en tanto no exista el amparo legal que pueda crear o apoyar otra figura”. ¿Por qué no se crea el amparo legal para los colectivos? No se crea porque el PCC no quiere permitir la autonomía ciudadana en ningún aspecto de la sociedad. ¿En cual país del mundo un creador o colectivo de creadores tiene que pedir permiso a un ministerio para crear, distribuir y comercializar su arte? Sólo en la dictadura estalinista cubana.

La profesora Magda González Grau afirma sobre el Registro de creadores: “En cuanto al registro, explicó que el proceso no es complicado, “solo se debe llenar la solicitud y presentar una obra” que evaluarán otros creadores” En el decreto ley 373, no aparece la figura del creador para admitir a los creadores audiovisuales del cine y de la televisión en el Registro Nacional: las comisiones de admisión son formadas por funcionarios públicos según el decreto ley. Otra comisaria que miente y dice que “el registro” es una garantía de protección con la seguridad social. La que existe en la actualidad es tan paupérrima que convoca a la emigración. ¿De cuál decreto ley habla esta comisaria? ¿Se lo leyó o está en “el activismo de las políticas del PCC”? Todas estas políticas a mi entender y de otros muchos ciudadanos, son violadoras de los derechos fundamentales ciudadanos.

¿Qué defensa tienen los creadores frente a la evaluación “política e ideológica” que hagan los mediocres e ignorantes funcionarios de cultura sobre el contenido de su creación cultural? Ninguna. Varios creadores cubanos de audiovisuales han sufrido esta discriminación política, y excluidos de la cinematografía nacional.

Mientras no exista una legislación que explicite los derechos de los creadores, sin discriminación política, los comisarios/as culturales y políticos seguirán violando los derechos constitucionales de manera discrecional como hasta hoy.

27 de junio del 2019. Decreto ley 373 del creador audiovisual y cinematográfico Independiente. Este decreto controla a los creadores sometiéndoles al registro obligatorio de creadores, luego de pasar por comités de admisión de burócratas del ICAIC y el Instituto cubano de Radio y Televisión que decidirán quién es creador o no lo es. Es decir, la mediocre y parasitaria burocracia decidirá quién puede ser creador independiente legal o no. Al igual que el decreto ley 349, son los burócratas quienes deciden quienes pueden ser considerados creadores y quienes no. Una forma discrecional de aplicar la discriminación política y fomentar el tráfico de influencias y la corrupción. Para crear colectivos de creadores tienen que pedir permiso al Ministerio de Cultura, estar previamente en el registro filtrado y no tienen personalidad jurídica, es decir no pueden crear y comercializar al margen del Estado”[5].

El “narigón” —instrumento que se coloca a los bueyes para someterlos a los designios de sus dueños— es la metáfora perfecta de lo que hace la dictadura estalinista contra sus ciudadanos, al tiempo que viola sus derechos constitucionales: contra los discrepantes políticos y opositores, contra los periodistas independientes, contra los miembros de la sociedad civil independiente, contra los creadores intelectuales y artísticos, profesores universitarios, emprendedores privados y cooperativas y contra el acceso libre a Internet de todos los ciudadanos al margen del Estado. Los órganos represivos del Estado[6] siguen violando la constitución con total impunidad. Los seguiremos denunciando, por maltrato, atropello, irrespeto y violación de todos los derechos humanos en Cuba.

Marlene Azor Hernández es Consultora del Observatorio cubano de Derechos Humanos, sede en Madrid, y doctora en Ciencias Sociales y Humanidades por la UAM, México.


[1] Los comisarios culturales y políticos son tropas de asalto contra los derechos a la información libre y a la creación intelectual y cultural libre, seleccionados por su lealtad al Führer o al partido único en el poder. Como la lealtad política es su instrumento de cooptación, desaparece el conocimiento y las habilidades especialistas como criterio de selección. Son “los policías del pensamiento”, funcionarios que no existen en otra latitud occidental. Con este criterio de selección, los “expertos” dejan de serlo cuando integran cargos en el sistema de dirección público, y se convierten en los cómplices de los disparates gubernamentales, sean economistas, juristas, u otros cientistas sociales.

[2]24 de febrero 2019, nueva Constitución estalinista con cinco cerrojos para no permitir la autonomía ciudadana y continuar violando los derechos humanos.

  1. La unidad de poderes que anula los contrapesos al gobierno de los poderes judicial, legislativo y electoral al partido único en el poder.
  2. El partido único se mantiene por encima y al margen de la ley, no existe control público sobre sus decisiones y funcionamiento y no existe ley que lo regule.
  3. Como la Constitución estalinista de 1976, no existen garantías constitucionales, jurídicas ni procedimentales para reivindicar y justiciar las violaciones de todos los derechos humanos universales en el país.
  4. La supremacía mayoritaria de la propiedad estatal “socialista de todo el pueblo” y la planificación centralizada de la economía por el partido-estado, además de un control directo sobre los mecanismos económicos fundamentales de importación, exportación y mercados mayoristas, y créditos prácticamente inexistentes en el país.
  5. El control monopólico del partido-estado sobre los medios masivos de comunicación.

[3] “Entran en vigor nuevas normas jurídicas referidas al estudio de los trabajadores”, Granma.cu 4 de septiembre de 2019.

[4] Thalía Fuentes y Denis Extremera Cuba: Un nuevo escenario para una mayor y mejor creación cinematográfica y audiovisual, Cubadebate.cu, 4 de septiembre de 2019.

[5] Marlene Azor Hernández “La dictadura criminaliza toda autonomía ciudadana” en Cubaencuentro.com, 10 de julio de 2019.

[6] Marlene Azor Hernández “MININT y PNR violan la nueva Constitución con total impunidad” en Cubaencuentro.com, 25 de julio de 2019.

Fuente: (Cubaencuentro)