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17.05.13

Consensualismo a la uruguaya

(El Observador) En Uruguay, nadie discute que el gobierno tiene derecho a formular e implementar sus propias políticas y que la oposición, a su vez, tiene el derecho y el deber de controlarlas (lógica mayoritarista). Pero, al mismo tiempo, existe un amplio acuerdo acerca de que algunos asuntos especialmente relevantes – como la ley de medios- no pueden ser decididos sin que el gobierno de turno incorpore el punto de vista de la oposición (lógica consensualista).
Por Adolfo Garcé

(El Observador) El diputado Álvaro Delgado (nacionalismo, Aire Fresco) acaba de formular una propuesta que, desde mi punto de vista, merece el mayor apoyo. Sugirió que el presidente, en lugar de enviar el proyecto de ley de medios al Parlamento como se ha venido anunciando, instale una comisión multipartidaria para construir un acuerdo político amplio en un tema delicado. Tiene toda la razón. Como se verá en seguida, la convocatoria a comisiones multipartidarias es una de las manifestaciones de la tradición consensualista en Uruguay. Me explico.

Según Arend Lijphart existen dos grandes modelos de democracias: las democracias de mayoría y las de consenso. En el primer modelo está bien marcada la diferencia de roles entre gobierno y oposición: el partido ganador de la elección gobierna; mientras tanto, el que perdió se limita a controlar al gobierno y a persuadir a la ciudadanía de cambiar la mayoría en la próxima elección. En el segundo, el sistema funciona sobre la base de la construcción de grandes coaliciones entre los principales partidos políticos. En las democracias mayoritarias prevalecen las políticas de partido. En las democracias consensualistas las políticas de Estado. Inglaterra constituye el modelo clásico de democracias mayoritarias. Los Países Bajos son el arquetipo del modelo de las democracias consensualistas.

El argumento de Lijphart, aunque está centrado en variables estrictamente políticas (tipo de constitución, formato del sistema de partidos, reglas electorales, estructurales del estado, etc.) tiene una dimensión de sociología política fundamental. Las democracias de mayoría funcionan sin mayores traumas en sociedades homogéneas desde el punto de vista social. El consensualismo, en cambio, es el tipo de democracia más adecuado en sociedades muy divididas socialmente (por razones étnicas, culturales, religiosos, entre otras).

El propio Lijphart sostiene que la mayoría de los regímenes democráticos ofrecen combinaciones de ambas lógicas. Uruguay no es la excepción. Sus instituciones políticas mezclan rasgos mayoritaristas (v.g.: el Estado uruguayo es unitario y no federal) con estructuras consensualistas (v.g.: constitución escrita, bicameralismo simétrico, representación proporcional). La regla de la coparticipación, que hunde sus raíces en los pactos entre caudillos del último cuarto del siglo XIX (y que adquirió rango constitucional en los textos de 1918, 1934 y 1952), supo ser la expresión más notable de la importancia del consensualismo en la política uruguaya. La convocatoria de comisiones multipartidarias para elaborar políticas de Estado es la más reciente recreación de esa vieja tradición.

En Uruguay, nadie discute que el gobierno tiene derecho a formular e implementar sus propias políticas y que la oposición, a su vez, tiene el derecho y el deber de controlarlas (lógica mayoritarista). Pero, al mismo tiempo, existe un amplio acuerdo acerca de que algunos asuntos especialmente relevantes no pueden ser decididos sin que el gobierno de turno incorpore el punto de vista de la oposición (lógica consensualista). Cuando un gobierno no tiene mayoría absoluta en el Parlamento no tiene más remedio que incluir el punto de vista de legisladores de la oposición (precisa sus votos para aprobar las leyes). Cuando, por el contrario, el gobierno tiene mayoría parlamentaria, no está formalmente obligado a negociar con la oposición, pero está informalmente invitado por la tradición consensualista a incorporar el punto de vista de los otros partidos.

Hay varios ejemplos exitosos. Hace más de una década, Jorge Batlle convocó a la Comisión para la Paz (incluyendo frenteamplistas) y obtuvo buenos resultados. A principios de su mandato, José Mujica alcanzó los niveles más altos de apoyo en la opinión pública cuando convocó a todos los partidos políticos a integrar comisiones multipartidarias en cuatro áreas fundamentales (educación, seguridad, energía y medioambiente). Más tarde, a pedido del diputado nacionalista José Carlos Cardoso, instaló otra comisión multipartidaria para elaborar las bases de una política de Estado de minería de gran porte. El trabajo de esta comisión es la base del proyecto de ley que ya tiene media sanción.

La regulación de los medios de comunicación es un asunto de enorme importancia. En la medida en que la libertad de prensa es una de las garantías institucionales fundamentales de la democracia, despierta fuertes sospechas en los partidos de oposición. Pero es público y notorio que también algunos sectores del Frente Amplio, como el Frente Líber Seregni, han manifestado sus dudas sobre aspectos fundamentales del proyecto. Cae una responsabilidad muy pesada sobre los hombros del presidente. Mujica puede elegir entre enviar el proyecto del gobierno al Parlamento tal como está, o convocar a una comisión multipartidaria para debatir el tema. Ninguno de los dos caminos parece sencillo de recorrer. Pero, en el caso de la ley de medios (como en cualquier otra reforma que roce aspectos básicos del pluralismo político uruguayo), es preferible el camino lento de la búsqueda del consenso entre todos los partidos a la simple, cruda y pura regla de la mayoría.

Fuente: (El Observador)